¿Qué es el IVA?: aprende a identificarlo y calcularlo
- El IVA (Impuesto al Valor Agregado) es un impuesto indirecto que grava el consumo de productos y servicios, ya sean de producción nacional o importados, y recae sobre el consumidor final.
- En Argentina, existen tres tasas de IVA: la del 21%, aplicable a la mayoría de los bienes y servicios; una tasa reducida del 10,5% para bienes y servicios esenciales; y una tasa del 27% aplicada principalmente a servicios de telecomunicaciones, energía eléctrica y gas.
- En México, el porcentaje de IVA corresponde al 16% sobre el valor del producto. Esta tasa general se aplica al consumo de casi todos los bienes y servicios, excepto aquellos que se encuentran en zona fronteriza y en los que tienen tasa 0%.
- Para calcular el IVA, se utiliza la siguiente fórmula: IVA= precio final × (1.21, 1.10, 1.27 o 1.16, dependiendo de la tasa que corresponda)
Al comprar, al vender, al facturar, él aparecerá. Se trata de un impuesto con el que tendrás interacción, sin importar el lado del comercio en el que te encuentres.
Por ello, preparamos este artículo con la información necesaria para saber qué es el IVA, cuál es la tasa actual que se cobra en México y en Argentina y cómo debes calcularlo. ¡Conócelo!
¿Qué es el IVA?
El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un tipo de impuesto aplicado al consumo de bienes y servicios en distintos países. Este gravamen consiste en un porcentaje o tasa determinada por las instituciones tributarias que se agrega al costo final de aquellos productos o servicios que consumes.
Se le conoce como un impuesto indirecto porque, a diferencia de otros montos que se aplican directamente al ingreso de los contribuyentes, el IVA se aplica sobre la producción y venta de los bienes y servicios consumidos. En otras palabras, el IVA no va aplicado directamente sobre las personas, sino indirectamente en los productos que estas consumen.
¿Para qué sirve el IVA?
Desde su creación, hasta su entrada en vigor, el propósito del IVA ha sido aumentar la recaudación de impuestos gravando el consumo, permitiendo el funcionamiento de la actividad pública y gubernamental.
Por ello, a diferencia de otros impuestos que se aplican directamente a los ingresos de los contribuyentes, el IVA permite que cualquier persona que consuma los bienes y servicios gravados lo pague, aumentando el porcentaje de participación y efectividad de recaudación.
Al igual que el resto de los impuestos en cualquier lugar del mundo, la idea es obtener recursos mediante él para el financiamiento de obras y servicios públicos e iniciativas de desarrollo social.
¿Qué es el IVA en México?
El IVA en México es el impuesto indirecto que se aplica sobre el consumo de aquellos productos o servicios establecidos en la Ley del IVA, y cuyo cumplimiento y aplicación corre a cargo del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
En México, los individuos sujetos al pago del IVA son todas aquellas personas físicas (tú, tus empleados) o morales (una organización o empresa constituida) que realizan las siguientes actividades:
- Enajenación de bienes.
- Arrendamiento de bienes.
- Prestación de servicios independientes.
- Importación de bienes y servicios.
💡Tip: en el ámbito fiscal, se considera como ‘enajenación de bienes’ cuando la propiedad de una cosa es transferida mediante una transacción que genera un ingreso. Sí, es una manera muy formal de llamarle a la venta o adquisición de productos.
El IVA surge en México al ser expedido como ley tributaria en 1978, creado como herramienta para generar recaudación y aminorar el impacto de la crisis económica. Entró en vigor en 1980 y desde entonces, la tasa aplicada de IVA se ha ido modificando, aumentando y disminuyendo con el paso de los años, hecho que nos lleva a nuestro siguiente punto.
¿De cuánto es el IVA en 2024 en México?
En 2024, el porcentaje de IVA en México corresponde al 16% sobre el valor del producto. Esta tasa general se aplica al consumo de casi todos los bienes y servicios, salvo dos notorias excepciones:
- Los productos y actividades en la zona fronteriza de nuestro país, en donde el IVA corresponde al 8% sobre el valor.
- Existen productos y actividades que no causan IVA, es decir, que tienen tasa 0% o están exentas de pagar este impuesto.
El monto de IVA en nuestro país, así como los productos y actividades exentas, son actualizadas mediante reformas fiscales, que son modificaciones y ajustes a la ley tributaria en México.
Aunque es totalmente posible que el monto cambie con los años, la tasa actual de 16% de IVA se ha mantenido así en México desde 2010; sin embargo, el monto pagado en zona fronteriza y los productos y actividades exentas sí han cambiado.
💡Tip: la razón por la cual el IVA es menor en la zona fronteriza es para generar un estímulo al consumo nacional en aquellas personas que tienen la facilidad de comprar en los países vecinos (Estados Unidos, Guatemala y Belice). Una manera convincente de que el dinero mexicano se quede en nuestro país, por ponerlo de otro modo.
¿Cuánto es el IVA en Argentina?
En Argentina hay 3 tasas de IVA, conocidas como alícuotas:
- IVA general (21%): es la tasa estándar aplicable a la mayoría de bienes y servicios consumidos. Afecta, por ejemplo, a electrodomésticos, servicios de restaurantes, ropa y calzado;
- IVA reducido (10,5%): se aplica a ciertos bienes y servicios considerados esenciales, como productos agrícolas sin procesar, transporte de pasajeros, y venta de algunos bienes de capital. Busca aliviar la carga impositiva en sectores clave.
- IVA aumentado (27%): esta tasa se aplica principalmente a servicios de telecomunicaciones, energía eléctrica y gas distribuido por redes en determinadas situaciones. Grava sectores que consumen más recursos o tienen mayores ingresos.
¿Cómo sacar el IVA de un valor total?
Si deseas calcular el IVA de un producto, solo necesitas conocer la tasa actual —que en el caso de México es de 16% para casi todo el país y en Argentina del 21%— además del costo del producto. Con estos datos, tienes dos opciones:
- Si quieres conocer el monto de IVA que corresponde a un producto que no lo tiene, basta multiplicar el costo base del producto por 1.16 o 1.21
- Si lo que buscas es la cantidad correspondiente al IVA de un producto que ya lo tiene, necesitas dividir su precio final entre 1.16 o 1.21 para obtener el precio base y luego, encontrar el IVA.
Te explicaremos ambas operaciones para obtener el IVA con un ejemplo simple, ¿te parece?
A) Digamos que quieres adquirir una lavadora cuyo costo base es de $100 pesos + IVA. Aquí es donde preparas tu calculadora:
Para conocer cuál será el precio final de esa lavadora con el IVA ya aplicado, multiplicas el costo base por 1.16 o 1.21; 100 x 1.16 = 116. El costo final de esa lavadora con IVA es de $116 pesos.
B) Ahora bien, supongamos que llegas a una tienda y esa lavadora tiene $121 pesos en la etiqueta como precio final, pero deseas saber cuánto de esa cantidad corresponde al IVA:
En este caso, tomas el precio final de la lavadora y lo divides entre 1.21; 121 ÷ 1.21 = 100. Ese precio base se lo restas al precio final; 121 – 100 = 21. El IVA de esa lavadora es de $21 pesos.
💡Tip: si el IVA que deseas encontrar cambiara a otra tasa, basta ajustar los últimos dígitos a la cantidad multiplicada. Un IVA del 13% se calcularía con 1.13. Simple, ¿no?
Particularidades del IVA en México
Diferentes tipos de IVA en México (con ejemplos)
Cuando se trata de IVA, te vas a topar con distintos tipos relacionados con este impuesto. Estos son los más comunes:
- Acreditable
- Por acreditar
- Trasladado
- Por trasladar
- Causado
Repasemos cada uno con un breve ejemplo para dejarlos bien claros:
Acreditable
Se conoce como IVA acreditable al pago del impuesto cuando se compra un producto y se realiza el pago de contado. Esto genera una facturación que acredita el pago del IVA por parte del comprador.
Ejemplo: acudes a una tienda departamental a comprar de contado una lavadora con un costo de $11,600 MXN. El IVA acreditable ya lo cubriste y corresponde a $1,600 MXN que aparecerán en tu factura (justo como en el ejemplo que vimos más arriba).
Por acreditar
El IVA por acreditar es el que se presenta cuando la compra que haces es a crédito o en pagos y por lo tanto, este concepto se especifica en la factura. Al liquidar el total del crédito, este IVA por acreditar se transforma en acreditable.
Ejemplo: compras la misma lavadora del ejemplo, pero esta vez, lo haces a crédito. Al momento de facturar en una declaración fiscal, los $1,600 MXN son considerados como IVA por acreditar y serán acreditables cuando se liquide el total del crédito.
Trasladado
Hablamos de IVA trasladado cuando un vendedor comercializa sus productos y le cobra el impuesto a sus clientes sobre el total al facturar. Esta acción traslada el monto del IVA al comprador desde el vendedor.
Ejemplo: la tienda que vendió de contado la lavadora de nuestro primer ejemplo, para propósitos de facturación y declaración, considerará los $1,600 MXN de IVA generados por la venta como IVA trasladado al comprador.
Por trasladar
El IVA por trasladar corresponde al monto del impuesto generado por la venta de un producto realizado a crédito o en pagos. Una vez que la compra a crédito ha sido saldada, el IVA por trasladar se convierte en IVA trasladado.
Ejemplo: la venta a crédito de la segunda lavadora genera un IVA por trasladar de $1,600 MXN que serán trasladados al comprador una vez que este liquide el total de la compra.
💡Tip: ¿lo notaste? El IVA acreditable y trasladado corresponden a la misma acción, vista desde el punto de vista del comprador y vendedor, respectivamente. Dependiendo del lado donde se vea la transacción, será el nombre para propósitos fiscales y de facturación.
Causado
Se le conoce así al IVA generado de manera efectiva en la enajenación o venta de bienes, que recae sobre el producto. Dicho con otras palabras, se trata del IVA ya aplicado y acreditable al llevar a cabo una venta.
Ejemplo: cuando compraste la primera lavadora en efectivo, tu compra causó un IVA o tuvo un IVA causado de $1,600 MXN. Ahora es posible deducir ese monto al solicitar una devolución de impuestos (si aplica).
¿Qué productos y actividades están exentas de IVA en México?
Existen seis categorías contempladas en la Ley del IVA que están libres del pago de IVA:
- Los actos y actividades con tasa 0%.
- Las exenciones por enajenación (venta).
- La prestación de servicios exentos al pago de IVA.
- Exenciones de pago del IVA por arrendamiento.
- La tasa 0% para exportación.
- Las importaciones exentas de pago de IVA.
Veamos brevemente lo que cada una de estas categorías incluye.
Los actos y actividades con tasa 0%
A) La venta de:
- Animales y vegetales no industrializados (aplican excepciones).
- Medicinas de patente y productos destinados a la alimentación humana y animal (aplican excepciones).
- Hielo y agua no gaseosa ni compuesta.
- Ixtle, palma y lechuguilla.
- Tractores para accionar implementos agrícolas, motocultores, arados, cultivadoras, cosechadoras, aspersoras y espolvoreadoras, así como otras herramientas para agricultura (aplican excepciones).
- Fertilizantes, plaguicidas, herbicidas y fungicidas de uso agrícola.
- Invernaderos hidropónicos y equipos de irrigación.
- Oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes, siempre que su enajenación no se efectúe en ventas al menudeo con el público en general.
- Libros, periódicos y revistas, que editen los propios contribuyentes (aplican excepciones).
- Toallas sanitarias, tampones y copas menstruales.
B) La prestación de los siguientes servicios:
- Aquellos directamente relacionados con la agricultura y ganadería.
- De molienda o trituración de maíz o trigo.
- De pasteurización de leche.
- Los relacionados con invernaderos hidropónicos.
- El despepite de algodón en rama.
- Sacrificio de ganado y aves de corral.
- De reaseguro.
- Suministro de agua para uso doméstico.
C) El uso o goce temporal de la maquinaria y equipo dedicados a la agricultura y ganadería.
D) La exportación de bienes o servicios (con excepciones).
💡Tip: si tienes duda si ese tractor que planeas comprar tiene tasa de IVA 0%, o si quieres profundizar en las excepciones de estos productos y actividades, revisa el Artículo 2-A de la Ley del IVA donde se encuentra toda esta información.
Las exenciones por enajenación (venta)
- El suelo.
- Construcciones adheridas al suelo, destinadas o utilizadas para casa habitación.
- Libros, periódicos y revistas, así como el derecho para usar o explotar una obra, que realice su autor.
- Bienes muebles usados, a excepción de los vendidos por empresas.
- Billetes y demás comprobantes que permitan participar en loterías, rifas, sorteos o juegos con apuestas y concursos de toda clase, así como sus premios respectivos.
- Moneda nacional y moneda extranjera, piezas de oro o de plata que hubieran tenido tal carácter y las piezas denominadas onza troy.
- Partes sociales, documentos pendientes de cobro y títulos de crédito (con excepciones).
- Lingotes de oro con un contenido mínimo de 99% de dicho material, siempre que su enajenación se efectúe en ventas al menudeo con el público en general.
- La enajenación de bienes efectuada entre residentes en el extranjero (con excepciones).
- Enajenación que realicen las personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles para los efectos del impuesto sobre la renta.
💡Tip: para saber si esa colección de monedas antiguas que venderás causará IVA, o si deseas ahondar en las restricciones de los exentos, revisa el artículo 9 de la Ley del IVA en donde aclararás tus dudas.
La prestación de servicios exentos al pago de IVA
- Las comisiones y otras contraprestaciones con motivo del otorgamiento de créditos hipotecarios.
- Las comisiones que cobren las administradoras de fondos para el retiro (AFORES).
- Actividades prestadas de forma gratuita, excepto cuando los beneficiarios sean los miembros, socios o asociados de la persona moral que preste el servicio.
- Actividades de enseñanza en los términos de la Ley General de Educación.
- El transporte público terrestre de personas que se preste exclusivamente en áreas urbanas, suburbanas o en zonas metropolitanas (aplican excepciones).
- El transporte marítimo internacional de bienes prestado por personas residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país.
- Los servicios prestados por las personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles.
- El aseguramiento contra riesgos de labor, vida y vivienda (aplican muchas excepciones).
- Financiamiento y operaciones de crédito (con excepciones).
- Actividades derivadas de operaciones financieras referidas en el artículo 16-A del Código Fiscal de la Federación.
- Actividades de asociaciones en las que miembros reciban contraprestaciones por sus cuotas (con excepciones).
- Las de espectáculos públicos por el boleto de entrada, salvo los de teatro y circo (aplican excepciones).
- Los servicios profesionales de medicina, hospitalarios, de radiología, de laboratorios y estudios clínicos (con excepciones).
- Las contraprestaciones obtenidas por los autores (aplican muchas excepciones).
💡Tip: en el artículo 15 de la Ley del IVA encontrarás todas las excepciones a la prestación de servicios exentos, para saber si las plataformas de movilidad cuentan como transporte público terrestre.
Exenciones de pago del IVA por arrendamiento.
No se paga IVA por el uso o goce temporal (renta) de:
- Bienes otorgados por las personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles para los efectos del impuesto sobre la renta.
- Inmuebles destinados o utilizados exclusivamente para casa habitación.
- Fincas dedicadas o utilizadas sólo a fines agrícolas o ganaderos.
- Libros, periódicos y revistas.
💡Tip: toda la información relacionada a los inmuebles que aplican a estar exentos de IVA por arrendamiento los encuentras en el artículo 20 de la Ley del IVA.
La tasa 0% para exportación
La exportación que aplica para esta ley es:
- La que tiene el carácter de definitiva en los términos de la Ley Aduanera.
- La enajenación de bienes intangibles realizada por persona residente en el país a quien resida en el extranjero.
- El uso o goce temporal, en el extranjero de bienes intangibles proporcionados por personas residentes en el país.
- El aprovechamiento en el extranjero de servicios prestados por residentes en el país (aplican varios criterios)
- La transportación internacional de bienes prestada por residentes en el país y los servicios portuarios (aplican criterios).
- La transportación aérea de personas y de bienes, prestada por residentes en el país (aplica criterio).
💡Tip: si deseas conocer cuáles son los servicios prestados por residentes del país que aplican para esta ley —como la publicidad y servicio en tecnologías de la información—, consulta su artículo 29.
Las importaciones exentas de pago de IVA
No se paga IVA en las importaciones:
- Que, en los términos de la legislación aduanera, no lleguen a consumarse, sean temporales, tengan el carácter de retorno de bienes exportados temporalmente o sean objeto de tránsito o transbordo.
- De equipajes y menajes de casa referidos en la legislación aduanera.
- De bienes cuya enajenación en el país y las de servicios por cuya prestación en territorio nacional no den lugar al pago del impuesto al valor agregado o cuando sean de los señalados en el artículo 2o (las de la categoría anterior).
- Bienes donados por residentes en el extranjero.
- Obras de arte que por su calidad y valor cultural sean reconocidas como tales por las instituciones oficiales competentes.
- Obras de arte creadas en el extranjero por mexicanos o residentes en territorio nacional, que por su calidad y valor cultural sean reconocidas como tales por las instituciones oficiales competentes.
- Oro, con un contenido mínimo de dicho material del 80%.
- Vehículos, que se realice de conformidad con el artículo 62, fracción I de la Ley Aduanera.
- Las importaciones definitivas de los bienes por los que se haya pagado el impuesto al valor agregado al destinarse a los regímenes aduaneros de importación temporal (aplican criterios).
💡Tip: en el artículo 25 de la Ley del IVA, encontrarás todos los criterios para las importaciones definitivas exentas de este impuesto, como aquellas que tienen que ver con la fabricación de vehículos, por ejemplo.
Particularidades del IVA en Argentina
Iva débito y crédito fiscal
Al calcular el IVA, deberás tomar en cuenta que la declaración jurada y liquidación de IVA se realiza de forma mensual y se calcula, en términos generales y sintéticos, de la siguiente manera:
Impuesto a pagar = Débito fiscal – Crédito fiscal – Retenciones y percepciones
Si quieres aprender a hacerlo en una planilla de Excel con una fórmula sencilla, te invitamos a leer cómo calcular el IVA.
¿Cómo se calcula el débito fiscal?
El débito fiscal se calcula a partir de las ventas, ya sea provenientes de facturas B confeccionadas a consumidores finales, como de facturas A confeccionadas a responsables inscriptos o monotributistas.
El monto del débito fiscal contenido o no en la factura puede obtenerse de la siguiente manera:
Monto del débito fiscal = Monto total facturado – (Monto total facturado / 1,21)
En el ejemplo, se empleó la tasa general impositiva del 21%. Si de la actividad desarrollada surgiera la necesidad de aplicar la tasa reducida del 10,5% o incrementada del 27%, habrá que considerar como denominador 1,105 o 1,27, respectivamente.
¿Cómo se calcula el crédito fiscal?
El crédito fiscal se calcula en base a las compras realizadas a responsables inscriptos y es necesario exigir una factura A. Se puede obtener de la siguiente manera:
Monto del crédito fiscal = Monto total facturado – (Monto total facturado / 1,21)
En este ejemplo también se empleó la tasa general impositiva del 21%. Al igual que en el caso anterior, si de la actividad desarrollada por el proveedor surgiera la necesidad de aplicar la tasa reducida del 10,5% o incrementada del 27%, habrá que considerar como denominador 1,105 o 1,27, respectivamente.
En todo momento habrá que considerar que el monto del crédito fiscal computable a los efectos de la liquidación del IVA debe corresponderse con el ejercicio de actividades gravadas por dicho impuesto.
De lo contrario, debería considerarse computable en la medida proporcional, conforme las disposiciones de los artículos 12 y 13 del Decreto 280/97, las normas modificatorias y complementarias.
Como responsable inscripto, tienes la posibilidad de solicitarle a tu proveedor que te emita factura A con IVA discriminado. Podrás tomar ese monto como un crédito y restarlo del total de IVA a pagar en ese mismo mes.
Por ejemplo, si OCA te hizo una factura A de $ 121, según nuestra fórmula para calcular el IVA [$ 121 – ($ 121/1,21)= $ 21] tendrás $ 21 para usar como crédito, por lo que tu verdadero gasto fue $ 100.
Veamos otro ejemplo: si Mercado Pago te emite una factura A, el precio que estás pagando incluye un 21% de IVA, que luego podrás descontar de lo que resulte a pagar a fin de mes por las ventas.
En definitiva, estás pagando por la diferencia entre lo que cobraste y lo que pagaste. Precisamente se denomina “Impuesto al Valor Agregado” porque pagas sobre el agregado de valor que le des al producto.
Las percepciones se pueden sufrir más que nada en las compras y aparecen discriminadas en las facturas que nos emiten.
Las retenciones sufridas tienen origen en cobros realizados por ventas de bienes o la prestación de servicios (en los hechos, se traduce como un menor cobro) y son documentados en certificados de retención.
Tanto las retenciones como las percepciones son montos que los agentes de retención y percepción le ingresan a la AFIP por reglamentación normativa y que, luego, es posible descontar en la liquidación.
📘Leer más: Tipos de facturas, sus diferencias, usos y formas de emisión.
¿Cómo saber la condición frente al IVA de un CUIT?
Para conocer la condición de un CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria) frente al IVA deberás seguir estos pasos:
- Ingresa a este enlace de la página de AFIP.
- Completa los campos de “CUIT del contribuyente” y “Código de seguridad”.
- Al hacer clic en ‘Consultar’, aparecerá una nueva pantalla con la ‘Constancia de Inscripción’ correspondiente al CUIT que ingresaste, en donde podrás comprobar la condición frente al IVA y otros impuestos.
¿Cómo elaborar la declaración jurada del IVA?
De acuerdo a lo establecido por la AFIP, los 9 pasos para confeccionar la declaración jurada del IVA son los siguientes:
- Ingresa con clave fiscal al servicio ‘Mis Aplicaciones Web’ y selecciona ‘Nuevo’. Seguidamente, completar los datos de Organismo (AFIP), Formulario (F.2002 – IVA POR ACTIVIDAD) y Período fiscal (período a declarar).
- Indica si realizas alguna de las actividades que están excluidas del formulario online. Caso contrario, marca el recuadro que aparece sobre el final: ‘Declara no haber efectuado en el período operaciones mencionadas en el punto V’.
- Carga el débito y crédito fiscal y haz la liquidación. Ten en cuenta que el sistema te permite verificar, grabar, dar vista preliminar y presentar la declaración jurada.
- Al seleccionar ‘Débito Fiscal’ para ver las actividades registradas, presiona el signo “+”. Si marcas la opción de venta a exentos o consumidores finales, el importe de ventas a ingresar será el total y no el neto gravado. La carga de las ventas y de los débitos fiscales tiene que informarse por actividad.
- Al seleccionar ‘Crédito Fiscal’ si realizaste la compra de muebles, ingresa el crédito fiscal e informa para cada alícuota el neto gravado que origina el crédito fiscal. Al terminar la carga, regresa a la pantalla de origen.
- En la sección de liquidación, observarás los totales cargados tanto del débito como del crédito fiscal. Asimismo, se habilitarán otras opciones de carga de datos referentes a: saldo a favor técnico del mes anterior, retenciones, regímenes de pagos a cuenta, entre otros. Y en el final se determina el saldo a favor del contribuyente o de AFIP.
- Después, tienes que informar el saldo de libre disponibilidad del período anterior. Si lo usaste para compensar alguna obligación o lo transferiste, ingresa los datos de la compensación o transferencia a través de nuevas pantallas.
- Al acceder a ‘Mis retenciones’, el sistema mostrará la información que aportaron los agentes de retención. Si no figura alguna retención sufrida, puedes ingresar a través del botón ‘Agregar’.
- Una vez cargados todos los datos, puedes presentar la declaración jurada utilizando el botón ‘Presentar’ que aparece sobre el borde superior derecho.
💡Tip: AFIP también pone a disposición el método ‘IVA listo’ para realizar la presentación de la declaración jurada del Impuesto al Valor Agregado. Haz clic aquí para ver el paso a paso.
¿Qué actividades y productos están exentos de pagar el IVA en Argentina?
El IVA exento se refiere a un sujeto que se encuentra libre de pagar el Impuesto al Valor Agregado por el tipo de bien que comercializa o el servicio que presta, caracterizado por contribuir al bien común de la sociedad.
Algunos ejemplos de productos o servicios exentos son:
- Libros.
- La enseñanza para personas con discapacidad.
- Servicios de asistencia sanitaria.
- Espectáculos culturales y deportivos amateur.
- Billetes para juegos de sorteos o de apuestas autorizados y oficiales.
- Servicios de taxi y remis cuyo recorrido no supere los 100 kilómetros.
Accede a la lista completa en este enlace.
¿Todo claro sobre el IVA?
¡Vaya que aprendiste varias cosas hoy! Ya sabes qué es el IVA, cómo calcularlo y para qué sirve. Pero todavía más importante, ahora conoces el porcentaje de la tasa general en la región en la que te encuentres, así como los distintos montos aplicables a casos especiales.
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