Recategorización del monotributo 2025: guía completa

Persona haciendo la recategorización del monotributo en el portal de ARCA en su computadora.

La recategorización del monotributo es un procedimiento donde los contribuyentes del régimen simplificado deben evaluar si, de acuerdo a los ingresos de los últimos 12 meses, les corresponde cambiar de categoría.

Así lo explica la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex AFIP):

Los períodos de recategorización son cada 6 meses, en enero y julio, y cuando llegan se debe evaluar la actividad de los últimos 12 meses. Si hubo cambios en los ingresos, alquileres, superficie del local o energía consumida, ya sean inferiores o superiores, hay que recategorizarse; si no se hace, se entiende que no hubo cambios y se permanece en la misma categoría.

ARCA

Para 2025, las fechas de recategorización del monotributo serán:

  • Primera recategorización: del 1° de enero al 5 de febrero.
  • Segunda recategorización: del 1° de julio al 5 de agosto.

En esta guía vas a encontrar todo sobre cómo hacer la recategorización del monotributo, cuándo es y cómo quedaron las nuevas escalas 2025.


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¿Qué es la recategorización del monotributo?

La recategorización del monotributo es un procedimiento en el que los contribuyentes deben evaluar qué categoría le corresponde de acuerdo a su actividad durante los últimos 12 meses. Si los parametros del monotributista superan o son inferiores a los de la categoría actual, debe proceder a recategorizarse.

¿Cuándo es la recategorización del monotributo en 2025? Del 1° de enero al 5 de febrero, y del 1° de julio al 5 de agosto.

Para determinar si corresponde cambiar de categoría, los monotributistas deben cotejar sus ingresos brutos de los últimos 12 meses con los nuevos valores de las categorías. En caso de haber realizado la recategorización del monotributo en 2025, el contribuyente debe chequear las nuevas categorías del monotributo 2025, para ver si debe hacerla nuevamente.

Para realizar la recategorización es indispensable contar con CUIT, la clave fiscal y el domicilio fiscal electrónico declarado y confirmado.

¿Quiénes deben recategorizarse en el monotributo?

La recategorización es obligatoria para todos los contribuyentes monotributistas cuyos parámentros superen o sean inferiores a los de su categoría vigente. No deberán recategorizarse quienes mantengan la misma categoría o tengan menos de 6 meses de actividad.

Los parámetros a tener en cuenta son los siguientes:

  • ingresos acumulados,
  • energía eléctrica consumida,
  • superficie afectada a la actividad en ese momento,
  • alquileres devengados (en caso de corresponder).

Para obtener ese número, basta con sumar los ingresos de los meses transcurridos desde el inicio de tu actividad hasta la finalización del semestre calendario por el que se recategoriza (en este caso, hasta julio). Ese importe debe luego dividirse por la cantidad de dichos meses y, a ese resultado, multiplicarlo por 12.

Por ejemplo, si tus actividades iniciaron en mayo de 2025, entonces habrán transcurrido ocho meses. La suma de esos meses debe dividirse por ocho y luego multiplicarse por 12.

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Nuevas categorías monotributo 2025

El monotributo presenta nuevas escalas para la recategorización de enero 2025. Esto se traduce en la actualización de los montos máximos para cada categoría del monotributo.

El pago correspondiente a la nueva categoría se realiza en el mes siguiente al de la recategorización. Según la Resolución General N° 5546/2024, los valores de las categorías serán actualizados semestralmente a partir del 1° de enero de 2025, en los meses de enero y julio, teniendo en cuenta el índice de variación de precios al consumidor y tendrán efectos en los meses de febrero y agosto, respectivamente.

Categoría Ingresos Brutos mensuales desde el 1º de enero de 2025 Valor de la cuota mensual
A $ 6.450.000 $26.600
B $9.450.000 $30.280
C $13.250.000 $34.658
D $16.450.000 $44.343,80
E $19.350.000 $58.148,18
F $24.250.000 $69.783
G $29.000.000 $85.296,20
H $44.000.000 $170.734,68
I $49.250.000 $255.18,55
J $56.400.000 $311.931,97
K $68.000.000 $377.084,76

¿Cómo saber mi categoría de monotributo?

Es muy simple: tenés que ver las categorías del monotributo 2025 y tus ingresos anuales. Una vez visto eso, debés cotejar con qué categoría se corresponden.

Por ejemplo, si tus ingresos en los últimos 12 meses fueron de $20.150.000, entonces tu categoría será la F, y deberás pagar mensualmente una cuota de $69.783.

¿Cómo hacer la recategorización del monotributo 2025? Paso a paso

El proceso de recategorización del monotributo se realiza online. Para saber cómo recategorizar el monotributo, solo tenés que seguir estos pasos:

  1. Accedé al Portal Monotributo e ingresá tu número de CUIT/CUIL/CDI y tu clave fiscal.
  2. Entrá a la opción recategorización presionando el botón Recategorizarme.
  3. El sistema te va a mostrar tu categoría actual y los topes de cada parámetro de esa categoría. Presioná el botón Continuar recategorización.
  4. Informá el monto que facturaste en los últimos 12 meses.
  5. Donde el sistema te pregunta si tenés o usás un local, seleccioná la opción que corresponda. Si es No, hacé clic en Continuar.
  6. Ingresá los datos correspondientes a tu actividad para determinar tu nueva categoría.
  7. El sistema va a mostrarte la categoría que te corresponde según los datos que aportaste. Verificá antes de aceptar la validación.
  8. Si los datos no son correctos, presioná en el botón Volver para arreglar los errores.
  9. Si los datos están bien, hacé clic en Confirmar categoría.

El trámite lleva alrededor de 15 minutos y es gratuito.

▶️ Si querés ver este mismo paso a paso en formato video, te acercamos el tutorial de ARCA.

¿Qué pasa si no me recategorizo?

Si no hacés la recategorización del monotributo 2025 y tenés ingresos superiores a los que declaraste, la AFIP va a proceder a hacer la recategorización de oficio y te va a ubicar en una categoría más alta o baja sin tu consentimiento. A partir del 1° de febrero y 1° de agosto de cada año, la AFIP publica quiénes fueron recategorizados de oficio.

Si fuiste recategorizado de oficio y considerás que la categoría en la cual te encuadró la AFIP es errónea, tenés 15 días para hacer el descargo pertinente, siempre y cuando adjuntes los medios de prueba necesarios. Podés hacerlo en la sección “Presentaciones Digitales”, dentro del trámite Recategorización de oficio del Monotributo – Apelación en término”.

Además, según establece el artículo 26 (inciso B), en caso de detectar irregularidades o diferencias entre ingresos y categoría, el contribuyente es pasible de multas.

¿Qué es la recategorización de oficio?

La recategorización de oficio ocurre cuando la AFIP verifica que el contribuyente no se recategorizó o lo hizo de manera inexacta. Ante esa situación, el organismo público hace ese trabajo: realiza la recategorización del monotributo para ubicar al contribuyente en la escala correcta.

El procedimiento se inicia cuando se detectan compras, gastos o acreditaciones bancarias por un valor superior a los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual se está registrado.

Quienes sean recategorizados de oficio por AFIP recibirán una notificación en el domicilio fiscal electrónico el primer día hábil de los meses de agosto y febrero de cada año.


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¿Qué es el reintegro del monotributo para cumplidores?

Se trata de un beneficio para aquellos monotributistas que abonaron en tiempo y forma durante los 12 meses de año, mediante débito directo en cuenta bancaria o débito automático en tarjeta de crédito. A estos se les reintegrará un importe equivalente al impuesto integrado.

Cuando se trate de inicio de actividad o de un período calendario irregular, el reintegro será del 50%, siempre que abonaran en tiempo y forma entre 6 y 11 meses. Podés consultar la guía para solicitar el reintegro de AFIP.

Para finalizar

Esperamos que esta información haya aclarado tus dudas sobre la recategorización del monotributo 2025|

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Tené en cuenta que este post no tiene el carácter de asesoramiento o recomendación para adoptar un criterio fiscal determinado, el cual deberá ser consultado con los asesores impositivos respecto de todas las consecuencias fiscales en la medida que se considere necesario.

En este sentido, esta guía no constituye asesoramiento o servicio profesional por parte de Tiendanube sobre ningún asunto en particular. La empresa no asume ninguna responsabilidad por los daños y perjuicios resultantes o que tengan conexión con el empleo de dicha información.

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